CON ACUERDO
En los siguientes términos:
- Se establece la entrada a las 9:20 horas y la salida a las 18:00 horas. No obstante, si las unidades de Metro comienzan a entrar al mantenimiento después de las 10 y esto se constata durante una semana, el horario será de 9:50 a 18:30. Igualmente, en caso contrario, si se constata durante una semana que las unidades de Metro entran antes de las 10:00 se volverá al horario de 9:20 a 18:00 horas.
- Se mantienen 45 minutos como tiempo de comida.
- La empresa se compromete a realizar las gestiones necesarias, en un plazo máximo de 15 días, para que Metro permita poner en el comedor una nevera, un microondas y un armario.
- la empresa se compromete a planificar, tal y como viene haciendo hasta ahora, los cuadrantes trimestrales en periodos de tres meses de anticipación e ir aumentando progresivamente dicha planificación hasta los cuatro meses anticipación y cuadrantes trimestrales. Los trabajadores se comprometen a notificar las vacaciones de verano antes del 28 de febrero de cada año.
- Si se dan las circunstancias anteriores (de mismas tablas y disponibilidades reales de trenes) a la implantación del cuarto turno, se suprimirá ese cuarto turno con el compromiso de reunirse las partes para la justificación de dichas circunstancias.