viernes, 14 de marzo de 2014

Acta 2º reunión para quitar el turno central 18 de Febrero del 2014



1.      PERIODO DE CONSULTAS.

La empresa informa a los RLTs de su disposición para valorar cualquier rotación que se proponga y poner en marcha la que, contando con el visto bueno de los RLTs, suponga un mejor aprovechamiento de los recursos productivos.

Para evidenciar su buena disposición, presenta una propuesta de rotación diferente a la contemplada en el comunicado de apertura del periodo de consultas y que supondría una organización del personal en 9 grupos, de 2 técnicos cada uno, que realizarían una rotación semanal con la siguiente cadencia:
  • Semana 1: Mañana
  • Semana 2: Noche
  • Semana 3: Tarde
  • Semana 4 : Noche
  • Semana 5: Noche
  • Semana 6: Tarde
  • Semana 7: Tarde
  • Semana 8: Noche
  • Semana 9: Tarde

Los RLTs solicitan que, cualquier propuesta que se les quiera hacer llegar, se haga en las reuniones establecidas para la comunicación entre empresa y trabajadores y no de ninguna otra manera, puesto que esta propuesta, ya llegó a sus manos por otra vía.

La empresa informa de que la propuesta se está oficializando hoy en la reunión y que, si la han recibido por otra vía, no se considera realizada oficialmente.

Junto con esta propuesta, la empresa invita a los RLTs a valorar otra alternativa, que sería la de, con idéntica distribución en 9 grupos de dos personas, realizar una rotación de MNTNNNTTT. Esta rotación, debe contar por supuesto con la aprobación de los trabajadores, puesto que excede las dos semanas en cada turno establecidas por la norma general y que sólo podrían superarse mediante acuerdo entre las partes.

Los RLTs solicitan que, a partir de ahora, cualquier propuesta se ajuste a lo establecido por la legislación vigente, es decir, sin superar las dos semanas en cada turno.

Igualmente, informan a la empresa de que sus representados no están dispuestos a permanecer en turno de noche más de las dos semanas establecidas legalmente, por lo que no ven viable sacar adelante esta propuesta. En cualquier caso lo consultarán con sus representados.

Los RLTs confirman que ninguna de las propuestas de la empresa es admisible a priori para sus representados. Además consideran que el hecho de que la empresa haya realizado una propuesta abierta en cuanto al sistema de rotación, viene a reforzar su opinión de que la empresa no tiene claro qué sistema ha de establecer.

Su propuesta es la de establecer un sistema de rotación que garantice la productividad, pero que permita continuar con el turno establecido hasta la fecha, o bien volver a la rotación existente antes de la última mediación, que era MMNNTT, o bien volver a una rotación de MMNNTTNN. Consideran inadmisible el continuo cambio en el sistema de rotación.

La empresa confirma que el objetivo de todos los cambios de turnos realizados hasta la fecha, ha sido el de mejorar la productividad y competitividad de la empresa.

Los RLTs proponen establecer otras medidas, que ayuden a mejorar la productividad y competitividad de la empresa, sin que suponga una modificación del sistema de turnos.

La empresa informa que esta medida forma parte de un conjunto más amplio de actuaciones orientadas al mismo objetivo.

La empresa valorará estas propuestas, dando respuesta en la próxima reunión.

Los RLTs insisten en que no consideran que sus propuestas sean valoradas en ninguna medida y eso les ha llevado a no realizarlas.

Se aclara que, en el cuadro incluido en la comunicación de apertura del periodo de consultas, la línea de trabajos “EXT”, se refiere a trabajos “Extra garantía”, que sí se realizan en tren y no a trabajos “exteriores”, como se refleja en la explicación anexa al cuadro. Esta confusión, ha llevado a los RLTs a un error en el cálculo de las horas destinadas a trabajos sin tren indicadas en su escrito de alegaciones y que incluía tanto las horas “Ext”, como las horas “Inst”, cuando las horas de trabajo en “Ext”, si son horas de trabajo en tren.

Los RLTs hacen constar que, los técnicos que realicen las guardias, solicitarán los pluses de Jefe de Equipo, Encargado de Taller, Jefe de Taller y almacén, desde la entrada en vigor del convenio actual, a partir del momento en que sea comunicada la decisión de instaurar un nuevo sistema de rotación, caso de decidirlo la empresa por voluntad unilateral

Igualmente, los RLTs solicitan información acerca de a quién deberán dirigirse, llegado el momento, las personas que decidan, ante un nuevo cambio del sistema de rotación, rescindir su contrato. Se confirma que deberán dirigirse a RRHH, para comunicar su decisión.

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